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Noticias

Jan 22 2014
INSTRUCCIONES PARA LA CORECTA REALIZACION DE CONSIGNACIONES JUDICIALES
Ficheros adjuntos: _201401221746.pdf
                                           Se adjunta comunicación del Ministerio de Justicia, con las instrucciones para la realización, por los ciudadanos, de consigaciones judiciales, en metalico, mediante cheque, por transferencia bancaria, mediante la Banca Online y para grandes empresas y aseguradoras. 

                                                                                                                                                Procuradores en la Red.

 

Dec 27 2013
REGLAMENTO DE MEDIACION
Ficheros adjuntos: BOE-A-2013-13647.pdf
              En el BOE de 27 de diciembre se ha publicado el RD 980/2013, de 13 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles que entrará en vigor el 27 de marzo de 2014.             Este esperado reglamento regula de forma incompleta la formación del mediador, al que se le exige una duración mínima de 100h de las cuales un 35% serían de prácticas. El Reglamento se sustenta en otros tres pilares: la creación a 1 de abril de 2014 de un Registro de Mediadores voluntario, excepto para mediadores concursales para los que establece su obligatoriedad y con publicidad desde el 1 de junio; el seguro de responsabilidad civil con cuantía variable en función de la complejidad de los asuntos a resolver; y el llamado procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos, con los rasgos más típicos de una negociación.  

                                                    Procuradores en la Red.

 

 

 

Dec 10 2013
CELEBRACION DEL VIII CONGRESO DE PROCURADORES EN LA RED
Ficheros adjuntos: CONGRESO DE ZARAGOZA .pdf

Procuadores en la Red.

                                         Durante los proximos dias 13 y 14 de Diciembre se celebrará en la ciudad de Zaragoza el VIII Congreso de Procuradores en la Red. En él se expondran las ultimas versiones de la plataforma Web, se departirá sobre temas de actualidad en la profesion y se compartira un fin de semana de relacion y camaraderia entre sus miembros.

                                          A la reunión, que se celebrará en un céntrico Hotel de la ciudad, asistirán una veintena de congresistas y acompañantes, que disfrutaran de sesiones de congreso y actividades complementarias. 

Sep 12 2013
SUMATE Y FIRMA LAS ALEGACIONES AL ANTEPROYECTO DE LEY DE SERVICIOS PROFESIONALES, PARA QUE LA PROCURA NO DESAPAREZCA
Se Adjunta la circular del Colegio de Madrid que contiene la del  Consejo General de Procurdores de España, con las alegaciones a este Anteproyecto de Ley  y los enlaces oportunos para que todo el que lo desee (Procurador, emlpeado de procurador, familiares, amigos, ciudadanos en general) puedan enviar estas alegaciones en defensa de la profesion de Procurador . Es vital enviar el mayor numero posible de alegaciones al Ministero de Econocmia que con esta Ley pretende la desaparicion de la figura del Procurador.

                                                                                                                                                                                         Procuradores en la Red.

 

 

ANTEPROYECTO DE LEY DE SERVICIOS Y

COLEGIOS PROFESIONALES

INFORMACIÓN

 

Querido/a compañero/a:

 

Como continuación a las circulares nº 110, 111, 114 y 115 de 2013, en las que se informaba de la aprobación por parte del Consejo de Ministros, el día 2 de agosto del actual, del Anteproyecto del Ley de Colegios y Servicios Profesionales, el pasado día 6 el  Consejo General de Procuradores de España convocó un Pleno Extraordinario para tomar los siguientes acuerdos y medidas a adoptar, a la vista del citado Anteproyecto.

 

1º En dicho Pleno se acuerda, como no podía ser de otra manera, mantener las acciones para defender, entre otras cosas, la incompatibilidad entre abogado y procurador, al existir razones de interés general y ser proporcional dicha medida, para ello el Consejo General ha elaborado un documento relativo a las consecuencias para la Administración de Justicia de la supresión de la incompatibilidad entre abogado y procurador, que traslado para tu conocimiento:

 

http://www.icpm.es/downloads/alscp/Consecuencias APLSCP.pdf

 

 

2º Se acordó igualmente la máxima intervención de los Decanos, las Juntas de Gobierno y los Colegiados que deben manifestarse, entre otras cosas, con la recogida de adhesiones a la que se refiere la circular nº 114, recordándote que puedes hacerlo a través del siguiente enlace:   http://www.icpm.es/ALSCP.asp, o en papel cumplimentado con tus datos (nombre, apellidos y DNI) con una firma y enviándolo al Colegio, para que a su vez, sea presentado en el Ministerio de Economía y Competitividad, antes del día 23 de septiembre, toda vez que se ha ampliado el plazo inicial.

 

 

3º Mantener las relaciones institucionales con el Ministerio de Justicia, Ministerio de Economía y Competitividad, Grupos Parlamentarios, etc. Durante todo este trámite de información del Anteproyecto, Asociaciones de Jueces y Secretarios Judiciales.

 

 

4º Elaborar por el Consejo General el informe sobre dicho Anteproyecto que será presentado ante el Ministerio de Economía y Competitividad y del cual daremos traslado una vez presentado.

 

 

5º Proseguir y aumentar las reuniones ante los organismos de la Unión Europea a los mismos fines.

6º Para  tu  información  te acompaño enlace donde puedes encontrar el texto con la Memoria del análisis de impacto normativo  del  Anteproyecto  de  Ley   de Servicios  y  Colegios  Profesionales, en  cuyas páginas  38 y   siguientes, se  expone    la justificación del cambio normativo de la propuesta de supresión de incompatibilidad entre las profesiones de abogado y procurador, de donde se deduce la falta de justificación  de dicha medida.

 

http://www.icpm.es/downloads/alscp/memoria aplscp.pdf

 

El anteproyecto podrá convertirse en Proyecto, según la información que disponemos en este momento, en un plazo de 3 a 5 meses.

En

 

 

 

  

Sep 11 2013
EL RECURSO DE APELACIÓN EN NOMBRE DE DOS CODEMANDADOS: SOLO SE DEVENGA UNA TASA. CONSULTA VINCULANTE DE LA D.G.TRIBUTOS
La Consulta vinculante de la Dirección General de Tributos V1999-13, de 14 de junio, señala que, si se interpone un recurso de apelación contra una sentencia, se produce un supuesto de realización del hecho imponible de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social, conforme a la letra e) del art. 2 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre. Sin embargo, la actividad jurisdiccional a desarrollar es única, tramitándose en un solo procedimiento y, en consecuencia, solo será exigible una tasa, con independencia de que resulten obligados a su pago quien o quienes adquieran la condición de sujeto pasivo al promover dicha actividad (art. 3.1 de la Ley).  : "En relación con la cuestión planteada, este Centro Directivo informa lo siguiente:Si se interpone un recurso de apelación contra una sentencia se produce un supuesto de realización del hecho imponible de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social conforme a la letra e) del artículo 2 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. La actividad jurisdiccional a desarrollar es única, tramitándose en un solo procedimiento y, en consecuencia, solo procederá la exigencia de una tasa, con independencia de que resulten obligados a su pago quien o quienes adquieran la condición de sujeto pasivo al promover dicha actividad (artículo 3.1 de la Ley).Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. 

 

                                                                                                                                                  Editoria Sepin Sep- 2.013

 

 

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